¿Deben negarse servicios como aborto y eutanasia invocando la objeción de conciencia?

Corte Constitucional Colombia

¿Deben negarse servicios como aborto y eutanasia invocando la objeción de conciencia?

Este derecho ya está contemplado en el artículo 18 de la Constitución, pero solo para objeciones de conciencia de carácter individual.

Un proyecto presentado por la senadora del Centro Democrático, María del Rosario Guerra, ha desatado polémica en Colombia por la ampliación del derecho a la objeción de conciencia que permitiría que no solo particulares y servidores públicos puedan negarse a realizar procedimientos que vayan en contra de sus convicciones "éticas, morales y religiosas". La propuesta va más allá e incluye colectivos instituciones.

Tal como está planteado el proyecto, no solo un médico, sino un hospital completo, podría negarse a practicar un aborto o una eutanasia, incluso en los casos permitidos por la normativa vigente. Vale recordar que este derecho ya está contemplado en el artículo 18 de la Constitución, pero solo para objeciones de conciencia de carácter individual.

En 2016, la corte Constitucional de Colombia estudió un caso de objeción de conciencia en el servicio militar. En medio de ese expediente, sentó un precedente y prohibió las objeciones de conciencia de carácter institucional. 

Redacción Zoom a la Noticia

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