TSJ habría permitido pago laboral en divisas según Observatorio Venezolano de Justicia
El Observatorio Venezolano de Justicia (OVJ) informó que la “Sala de Casación Social señala que pago de conceptos laborales en divisas es legal en la sentencia 884”.
Según el Observatorio, “los pagos estipulados en monedas extranjeras se efectuarán, salvo convención especial, al tipo de cambio oficial conforme a la tasa del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom) que fije el Banco Central de Venezuela, para el momento en que se realice el pago efectivo”.
El OVJ interpreta además que “al no existir una ‘convención especial’, el pago se hace con base a la tasa DICOM, pero se deja abierta la posibilidad de que las partes de forma “convenida o convencional” y establezcan que los pagos e indemnizaciones que deriven de ella se efectúen con base a divisas (dólares estadounidenses, etc.) sin tener que aplicar la tasa DICOM, lo le abre la posibilidad a que se reanude nuevamente la práctica de contratación de trabajadores pactando y pagando en divisas sin pasar al mercado de tasa controlada oficial de DICOM”.
Redacción NTN24 con información del OVJ
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