Juez rechaza reabrir la causa del 'Delcygate': "Nada de estos hechos tiene relevancia penal"
El Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid rechazó este miércoles reabrir la causa que investiga el denominado 'Delcygate', el caso del ingreso a España de la vicepresidenta del régimen venezolano, Delcy Rodríguez en enero de 2020, pese a estar sancionada por la Unión Europea.
La justicia española archivó la causa al alegar que pese a las restricciones que pesaban sobre Rodríguez, zona de tránsito internacional de un aeropuerto español no es territorio nacional. Más tarde, en 2021, la Audiencia Provincial de Madrid lo ratificó.
No obstante, el pasado mes de octubre el partido Vox pidió la reapertura del procedimiento judicial, al asegurar que habían nuevas evidencias del caso, debido a la publicación de la investigación realizada por la UCO de la Guardia Civil en el denominado caso Koldo. En dicho documento, además se amplía la denuncia porque señala a nuevos implicados en la visita de la dirigente del chavismo, como es el caso del empresario Víctor de Aldama, investigado como presunto comisionista en la trama del caso Koldo.
Sin embargo, la Fiscalía se opuso a esta petición, pues considera que los hechos no inciden sobre la licitud o ilicitud de la presencia de Delcy Rodríguez en España, por tal razón el juez afirma que "nada de los hechos" nuevos trasladados por Vox "tiene relevancia en la causa".
Según señala EFE, el magistrado asegura "que no se acierta a entender la relación que pueda haber entre la presente causa, cuyo objeto era determinar la actuación en la presencia de un político venezolano en la terminal de Barajas, y el rescate o subvenciones gubernamentales a Globalia, una supuesta compra de oro para Bancasa y la intervención del tal Koldo y el señor Aldama".
Por otra parte, añadió que la supuesta autorización del presidente del Gobierno para la visita de Delcy Rodríguez que apunta Vox no tiene relevancia penal "pues no la tenía la del propio ministro" José Luís Ábalos.
Reiteró que ya el Tribunal Supremo afirmó sobre estos hechos que no suponían una infracción penal "por cuanto suponían la infracción de una obligación de naturaleza política, y en ese ámbito había de dirimirse la correspondiente responsabilidad".